Rebaja del ITP en Madrid para menores de 40: ¿esperar a 2027 para comprar?

· Por el equipo de Consultor y AbogadoActualizado el Hablar por WhatsApp

Madrid anuncia una rebaja del impuesto de compra de vivienda: ¿te compensa esperar a 2027?

Qué se ha anunciado exactamente

El pasado 5 de octubre, la Comunidad de Madrid anunció una rebaja del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) para los jóvenes que compren su vivienda habitual. Desde que se publicó la noticia, muchos compradores se preguntan lo mismo: ¿me conviene retrasar la compra hasta 2027 para pagar menos impuestos?

Según la información difundida por la Comunidad de Madrid:

  • ITP (vivienda de segunda mano): el tipo general del 6 % bajaría al 4 % para compradores menores de 40 años que adquieran su vivienda habitual.
  • Límite de precio: la vivienda no podrá superar los 450.000 €.
  • AJD (vivienda nueva): el impuesto de Actos Jurídicos Documentados bajaría del 0,75 % al 0,4 % para este mismo colectivo.
  • Entrada en vigor prevista: 1 de enero de 2027.

Importante: hoy no está vigente. La medida se incluirá en el proyecto de Presupuestos de la Comunidad para 2027, que todavía tiene que tramitarse y aprobarse. Hasta que se publique la norma, no conocemos la letra pequeña.

Cuánto podrías ahorrar

Hagamos números con una vivienda de segunda mano:

  • 250.000 € → ITP actual (6 %): 15.000 € · ITP anunciado (4 %): 10.000 € · Ahorro: 5.000 €
  • 300.000 € → ITP actual (6 %): 18.000 € · ITP anunciado (4 %): 12.000 € · Ahorro: 6.000 €
  • 400.000 € → ITP actual (6 %): 24.000 € · ITP anunciado (4 %): 16.000 € · Ahorro: 8.000 €
  • 450.000 € → ITP actual (6 %): 27.000 € · ITP anunciado (4 %): 18.000 € · Ahorro: 9.000 €

Es un ahorro relevante. Pero no es el único número que importa.

Las preguntas que todavía no tienen respuesta

Mientras no se publique el texto definitivo, hay dudas que pueden cambiarlo todo:

  • ¿Qué pasa si compráis dos personas y solo una tiene menos de 40 años? Puede que el tipo reducido se aplique solo a la parte de quien cumple el requisito.
  • ¿El límite de 450.000 € es un umbral rígido? Lo habitual es que, si el precio supera el límite aunque sea por poco, se pierda el beneficio completo.
  • ¿Habrá requisitos de renta, de patrimonio o de no tener otra vivienda? De momento no se han detallado.
  • ¿Qué se entiende por vivienda habitual? Normalmente exige residir en ella de forma efectiva y continuada durante un plazo mínimo. Si no se cumple, Hacienda puede reclamar la diferencia con intereses.

¿Compensa esperar a 2027?

Depende de tu caso, pero conviene tener en cuenta tres cosas:

  1. El precio puede subir más de lo que te ahorras. En septiembre, el precio de la vivienda en Madrid capital estaba un 2,4 % por encima del año anterior, según idealista. En un piso de 300.000 €, una subida del 2,4 % son 7.200 €: más que los 6.000 € de ahorro fiscal. En los distritos del sur la subida anual ha sido mucho mayor.
  1. La vivienda que te gusta hoy puede no estar disponible mañana. Esperar tiene un coste de oportunidad, sobre todo si has encontrado una vivienda que encaja con lo que buscas.
  1. Lo que cuenta es la fecha de la escritura, no la de las arras. El ITP se devenga cuando se formaliza la compraventa, no cuando se firman las arras.

Por eso, esperar más allá no compensa: la subida de precios puede comerse la rebaja anunciada.

Nuestra estrategia: arras ahora, escritura a principios de 2027

La opción que recomendamos es firmar ahora las arras con un plazo de unos tres meses, de forma que la escritura se firme a comienzos de 2027. Así:

  • Cierras hoy el precio, antes de que una nueva subida se coma el ahorro fiscal.
  • Aseguras la vivienda que te interesa.
  • Si la rebaja entra en vigor el 1 de enero, como se ha anunciado, podrás aplicarte el tipo del 4 % al escriturar.
  • Si no llega a aplicarse, habrás comprado igualmente a un precio cerrado meses antes.

Eso sí, el contrato de arras debe prever estas situaciones:

  • ¿Qué ocurre si la rebaja se retrasa o no se aprueba en los términos anunciados?
  • ¿Acepta el vendedor un plazo de tres meses para escriturar? ¿A cambio de qué?
  • ¿Está garantizada tu financiación en esa fecha? Las ofertas vinculantes de los bancos caducan.

Una cláusula bien redactada puede permitirte adelantar la firma, mantener el precio o desistir sin perder la señal si las condiciones cambian. Una cláusula mal redactada puede hacerte perder miles de euros.

Nuestra recomendación

No dejes de comprar esperando a 2027. Si encuentras la vivienda adecuada, negocia el precio, firma las arras ahora y fija la escritura para principios de 2027: aseguras el precio y, si la rebaja está vigente, también el ahorro fiscal. Y recuerda que una buena negociación del precio puede ahorrarte más que la propia rebaja.

Si estás pensando en comprar en Madrid y no sabes si esperar, en Consultor y Abogado revisamos tu caso y te ayudamos a estructurar la operación para que pagues lo justo. La primera consulta es gratuita.

Información basada en el anuncio de la Comunidad de Madrid de 5 de octubre de 2026. La medida está pendiente de aprobación y su regulación definitiva puede variar. Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

Para seguir leyendo: qué impuestos se pagan al comprar una casa y qué revisar antes de comprar una vivienda en Madrid.

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Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre lo que hay que saber

¿Dónde está el despacho y en qué zonas trabajáis?

En la calle de Maudes, 28003 Madrid. Atendemos compras y alquileres en Madrid capital y en la Comunidad de Madrid: Getafe, Leganés, Móstoles, Alcorcón, Fuenlabrada, Alcalá de Henares, Torrejón de Ardoz, Alcobendas y otros municipios.

¿Qué puedo hacer si no me devuelven la fianza del alquiler?

Reclámela por escrito, por ejemplo mediante burofax. La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que si el propietario no la devuelve en el mes siguiente a la entrega de llaves, esa cantidad genera intereses. Si aun así no paga, cabe la reclamación judicial.

¿Trabajáis también para inmobiliarias, vendedores o promotores?

No. Solo defendemos a compradores e inquilinos y no cobramos comisiones de vendedores, promotores ni inmobiliarias. Así no hay conflicto de intereses: nuestro único objetivo es que usted compre o alquile bien y al mejor precio.

¿Qué llevo a la primera reunión con el abogado?

Una cronología breve de los hechos, los documentos relevantes (contratos, escrituras, correos, notificaciones) y una lista con sus preguntas. Tener claro qué quiere conseguir ayuda a valorar las opciones desde el inicio.

¿Qué es un defensor inmobiliario?

Es un abogado que actúa solo para el comprador o el inquilino de una vivienda, nunca para la inmobiliaria ni para el vendedor. En Consultor y Abogado (Madrid) revisamos nota simple, cargas, urbanismo, derramas y contrato de arras antes de que firme, y negociamos para que pague menos. Cuando la inmob

¿Es confidencial lo que hablo con mi abogado?

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